Muchos de vosotros tal vez ni siquiera sepáis que existe un horario en el que podéis llevar suelto a vuestro perro en parques públicos, a pesar de la ley de tenencia de animales domésticos tan nefasta que aún hoy tenemos en este país. La mala noticia es que en realidad esto tan sólo está vigente en algunos municipios.
Depende de las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento pero hay una serie de normas que suelen ser comunes en todos los sitios donde permiten soltarles:
- Podrás llevar a tu perro suelto en el horario establecido por todos los parques, a excepción de aquellos que tengan prohibición explícita al paso de los perros.
- Quedan siempre excluidas las zonas de recreo para niños y mayores.
- A pesar de que sea su gran tentación, los perros no podrán bañarse en fuente y/o estanques.
Es de vital importancia que todos consultemos las ordenanzas de nuestro municipio porque en ocasiones tienen peculiaridades, por desgracias casi siempre para una mayor restricción. Os ponemos algunos enlaces:
Nosotros vivimos en Algete, y como en cualquier otro municipio, existe una ordenanza reguladora, que dicho sea de paso es de las más severas y restrictivas que hemos encontrado. En algunos casos estará accesible online pero en otro no tendréis más remedio que consultarla en el propio ayuntamiento. No dejéis de consultarla porque tal vez tengáis suerte y podáis soltar a vuestros perros en un horario más que razonable, como el caso de Madrid (de 19-10 h. en invierno y de 20-10 h. en verano).